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¿Sabes cómo crear sociedades anónimas en Uruguay?

Cuando se trata de formar una empresa o compañía, existe un conjunto de aspectos legales que se deben cumplir, son varios los elementos que se deben atender, por ejemplo, es necesario definir el tipo de sociedad, pues de esto dependen los pasos a seguir.

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Por ejemplo, las sociedades anónimas en Uruguay son las más comunes, consisten en sociedades comerciales en las que el capital está distribuido en varias acciones, cada socio hace su aporte y es este el que define o limita su responsabilidad dentro de la empresa. En cuanto a los requisitos para crear  sociedades anónimas en Uruguay son:

  • Los socios deben tener la mayoría de edad.
  • Contar con el documento de identidad o pasaporte.
  • Es preciso que haya dos socios accionistas como mínimo.
  • El capital debe ser mayor a los 18 millones de pesos uruguayos.
  • Los socios deben aportar el 25% del capital como mínimo y el 50% como máximo, todo en el tiempo establecido para poder ejercer sus derechos y deberes.

¿Cuáles son los pasos para conformar una sociedad anónima en Uruguay?

Todos los pasos a continuación son de carácter completamente obligatorio y es necesario que sean llevados a cabo frente a un escribano público, ya que es quien puede validar todo el proceso y confirmar su legalidad.

  1. Organizar una reunión constitutiva con todos los socios, en este encuentro se fijan elementos como el nombre de la empresa, su dirección, el capital social y el aporte de cada socio, así como la forma en que repartirán los ingresos obtenidos y los mecanismos para enfrentar las pérdidas.
  2. Realizar un estudio jurídico siempre en compañía de un escribano público, de esta manera los datos proporcionados en la reunión podrán ser verificados y así se establece la legalidad del proceso.
  3. Revisar los reglamentos en la Auditoría Interna de la Nación.
  4. Cumplir con el registro de la sociedad anónima en la Dirección General Impositiva (DGI) y en el Banco de Previsión Social (BPS).
  5. Convenir el seguro de accidentes laborales en el BSE para todos los empleados de la organización.
  6. Registrar la sociedad anónima en la división de documento de la Inspección General del Trabajo, esta se encuentra dependiente del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.
  7. Inscribir la sociedad anónima en el Registro Público de Comercio.
  8. Hacer un anuncio en el Diario Oficial y también en un periódico nacional.

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